¿QUÉ ES LA CLÁUSULA SUELO?
A partir de 2009, cuando el Euribor sufrió su mayor caída, muchas personas comprobaron que su recibo mensual de hipoteca no bajaba. La explicación era sencilla:
Tenían una cláusula suelo.
Su banco se había protegido para seguir cobrando un tipo de interés mínimo pese a que bajase el Euribor. El consumidor había firmado sin saber realmente lo que iba a suponer durante toda la vida de su hipoteca.
El Tribunal Supremo empezó a poner coto a estas prácticas bancarias en 2013 declarándolas abusivas. Desde entonces miles de personas han reclamado a su banco con un doble objetivo:
- Dejar que les cobrasen en exceso
- Conseguir que les devolviesen todo lo cobrado de más.
En conclusión, sí en tu recibo mensual de la hipoteca has estado pagando una cláusula suelo. Sin saber que era y o sin ni siquiera saber que la estaban aplicando... Sí no se informó y o explicó con la suficiente claridad a la hora de la contratación de la hipoteca. Es considerada una cláusula abusiva y por tanto un fraude bancario.
En Vallaure Abogados somos especialistas en cláusulas suelo. Analizamos su caso de forma individual, porque cada caso tiene su solución.
Da igual que usted haya contratado su hipoteca directamente o se haya subrogado en la que tenía el promotor de la vivienda. No importa si ya la ha pagado totalmente, ni siquiera importa que su Banco o Caja se la haya quitado. Tampoco que tenga o no oferta vinculante, en todos estos supuestos: SU BANCO LE DEBE DINERO.
PROCESO PARA RECLAMAR LA CLÁUSULA SUELO
Estudiaremos su escritura de hipoteca y los recibos que el Banco le ha venido cobrando, intentaremos siempre la resolución de su problema con el banco de forma amistosa, y si no acepta cumplir con sus obligaciones, iniciamos la reclamación judicial.
Solicitaremos la nulidad de la cláusula suelo y la devolución de las cantidades que en exceso le haya cobrado su banco o caja. La base de la exclamación tiene su apoyo en las Sentencias del Tribunal Supremo, de las Audiencias Provinciales y de los Juzgados, que exigen para que las citadas cláusulas sean válidas, el cumplimiento de unos estrictos requisitos que, podemos afirmar, no se cumplieron. Dice el Tribunal Supremo que no es suficiente la entrega de una oferta vinculante con anterioridad a la firma de la hipoteca, tampoco lo es que se entienda con claridad -eso es lo mínimo exigible-, sino que cuando se contrató el Banco debió:
- Explicarle de forma clara.- Que la existencia de un suelo era algo básico para la hipoteca que estaba firmando y que le iba a vincular durante muchos años.
- Separar claramente la cláusula suelo de la techo.- Y es que se presentaban juntas como si fuese una contrapartida. La realidad es que mientras el suelo era un tipo de interés muy cercano al que tenía usted a la firma de la hipoteca, el techo era impensable que se aplicase durante toda la vida del contrato.
- Exponérle con simulaciones claras y comprensibles.- Cual seria la cuota que pagaría usted los años siguientes, si, como era previsible, el Euribor bajaba. Eso le permitiría saber que ese suelo era ya una realidad muy cercana y que, verdaderamente, cuando usted firmaba una hipoteca a tipo variable realmente firmaba una hipoteca variable si los tipos subían, pero si los tipos bajaban, usted no iba a pagar menos.
- Ofrecerle los distintos tipos de hipoteca que tenía el Banco a su disposición.- Por ejemplo, hipotecas a tipo fijo, así como comparar que diferencia habría en las cuotas de elegir una u otra. De esa comparación podría usted descubrir que esa hipoteca con cláusula suelo era muy parecida a una hipoteca a tipo fijo y quizá, para eso, usted prefería esa última y así no corría los riesgos de subidas de tipo.
La experiencia nos dice que los Bancos no facilitaban ni la información ni las explicaciones con la exhaustividad y exigencia que los Tribunales les obligaban, de ahí que...